Acuerdo específico No. 5

Proyecto ConectiVIDAd para cambiar vidas

 

Firmado el 17 de octubre de 2024

Fecha de finalización: 31 de julio de 2026

Valor Acuerdo: $189.704.705.566 IVA Incluido

 

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Conectividad para cambiar vidas

1.Objeto del acuerdo:

En desarrollo del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023, constituye el objeto de este Acuerdo Específico No. 5 aunar esfuerzos y recursos técnicos, jurídicos, físicos, administrativos y financieros entre el FONDO ÚNICO DE TIC e INTERNEXA S.A. para la financiación y desarrollo del proyecto para la implementación, articulación, operación y mantenimiento de soluciones de infraestructura y servicios de telecomunicaciones sostenibles en el largo plazo que permitan la conectividad de las Juntas de Internet que sean seleccionadas para ser atendidas a través de este Acuerdo Específico, con el objeto de que estas presten el servicio de internet a sus Asociados, para mejorar la conectividad digital, la prestación de los servicios de conectividad y el acceso universal.

Obligaciones específicas

2.Obligaciones:

En virtud de este Acuerdo Específico No. 5 corresponde a INTERNEXA S.A.:

Aportar esfuerzos técnicos, administrativos y jurídicos para la implementación, articulación, operación y mantenimiento de la solución descrita en el objeto del Acuerdo Específico No. 5.

 

En desarrollo de lo anterior, deberá:

Contar con la disponibilidad de la capacidad de Red Troncal, por medio de redes propias o de terceros, y dar el acceso a Internet a nivel mayorista a las Juntas de Internet que se encuentran en las ubicaciones que sean seleccionadas para ser atendidas a través de este Acuerdo Específico, con las condiciones técnicas establecidas en el Anexo 2, y al valor previsto en la CLÁUSULA 15 “Valor de la Compensación de Capacidad”.
Realizar la provisión e instalación de los Equipos del Nodo requeridos para la conexión a la Red Troncal de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Fomento y Anexo 2.
Realizar el acompañamiento, la administración y gestión del proyecto, dentro de lo cual se incluye, pero sin limitarse, al acompañamiento en la elaboración de los pliegos para la selección de los Proveedores de Bienes y Servicios con los cuales el Patrimonio Autónomo contratará el suministro de bienes y servicios que les serán trasladados a las Juntas de Internet para la instalación, operación y mantenimiento de las redes de acceso. Adicionalmente, implementará mecanismos que permitan identificar el cumplimiento de las obligaciones de dichos Proveedores de Bienes y Servicios especialmente aquellas actividades asociadas a la formación de las Juntas de Internet para que estas puedan adquirir el conocimiento para realizar de manera autónoma las labores de operación y mantenimiento de las redes de acceso

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3. Plazo de ejecución:

El plazo de ejecución del presente Acuerdo Específico No. 5 será hasta el treinta y uno (31) de julio de 2026. La vigencia del Acuerdo Específico No. 5 será por el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
Sin embargo, la provisión de capacidad de transporte y capacidad IP que INTERNEXA S.A. se compromete a entregar a las Juntas de Internet, tendrá la duración que para cada Junta de Internet se establece en el cronograma de flujos del Anexo 3 contada a partir de la fecha en que se entiendan habilitadas dichas capacidades, la cual, en todo caso, será de mínimo doce (12) meses y no podrá exceder el plazo de ejecución establecido en la presente cláusula, esto es, el treinta y uno (31) de julio de 2026.

4. Implementación:

Los resultados de los diseños y estudios de factibilidad se destinarán a la definición de las condiciones técnicas, financieras y el alcance del proyecto de conectividad en las Juntas de Internet que sean seleccionadas para ser atendidas a través de este Acuerdo Específico como parte del proyecto.

De acuerdo con lo anterior, como resultado de los diseños y estudios de factibilidad, cada Junta de Internet será clasificada en una de las categorías definidas dentro del contrato y a partir de esta clasificación INTERNEXA deberá efectuar la implementación de las soluciones de red troncal, previa aprobación del FUTIC, en los plazos que se indican a continuación:

Entrega

Cantidad de Juntas

Fecha máxima de Implementación

1

40 – 60

31-dic-2025

2

40 – 80

30-abr-2025

3

40 – 80

30-abr-2025

4

110 – 130

10-jun-2025

5

80 - 100

15-jul-2025

6

100 - 130

13-oct-2025

Nota: El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones determinó que el presente Acuerdo Específico cubrirá hasta 520 Juntas de Internet, como se sustenta en los Estudios Previos.

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5. Convocatorias para ISP:

Accede y conoce en el sitio web del ministerio las convocatorias para los ISP y su participación para los proyectos Tipo 1 y 2:

 

 

Proyectos tipo 1:

Conexión a INTERNET de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal que ya estén pasados por la red FTTH del ISP.

Este tipo de proyectos tiene las siguientes características:

  • La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP requerida por el ISP para brindar conectividad a los nuevos hogares de estratos 1 y 2 en la cabecera municipal, será suministrada por el Patrimonio Autónomo de este proyecto a una tarifa de Cop $0 pesos. Dicha conectividad IP será provista por InterNexa.

  • La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP provista por InterNexa, solo podrá ser utilizada por el Proveedor (ISP) para la entrega de servicios de Internet a nuevos hogares de estratos 1 y 2 en cabecera municipal, por un tiempo de 24 meses.

  • El Patrimonio Autónomo de este proyecto, suministrará al ISP:
    • El CAPEX correspondiente al equipo de cliente (CPE) requerido para conectar la cantidad de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal a su red, por un valor máximo de $150.000 incluido IVA por CPE.
    • El OPEX y el CAPEX requerido para la instalación de nuevos hogares de estrato 1 y 2 por un valor de $200.000, incluido IVA, por cada hogar instalado y puesto en servicio.
    • El OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal, por un valor de $1.900, incluido IVA, por mes por cada hogar en servicio, durante el tiempo que el hogar se encuentre en servicio.
  • El ISP solo podrá facturar a los nuevos hogares de estrato 1 y 2 ubicados en cabecera municipal, beneficiarios de este proyecto, durante el periodo de 24 meses una tarifa social máxima de:
    • Estrato 1: COP$ 11.917
    • Estrato 2: COP$ 26.391

Nota: Estas tarifas estarán vigentes para el año 2023 y 2024 y se incrementarán a partir de 2025, en enero de cada año, con el IPC determinado para el año anterior.

  • El ISP se obliga a garantizar que los anteriores beneficios solo se brindarán a nuevos hogares de estrato 1 y 2 ubicados en cabecera municipal.

Proyectos tipo 2:

Conexión a INTERNET de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal mediante la expansión de la red FTTH o el despliegue de nueva red FTTH.

Este tipo de proyectos tiene las siguientes características:

  • La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP, requerida por el ISP para brindar conectividad a los nuevos hogares de estratos 1 y 2 en la cabecera municipal, será suministrada por el Patrimonio Autónomo de este proyecto, a una tarifa de Cop $0 pesos. Dicha conectividad IP será provista por InterNexa.

  • La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP provista por InterNexa, solo podrá ser utilizada por el Proveedor (ISP) para la entrega de servicios de Internet a nuevos hogares de estratos 1 y 2 en cabecera municipal, por un tiempo de 24 meses.

  • El Patrimonio Autónomo de este proyecto, previo análisis costo eficiente, suministrará al ISP el CAPEX correspondiente a la expansión de la red FTTH o del despliegue de la nueva, el CAPEX del equipo de cliente (CPE) requerido para conectar la cantidad de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal a su red (cantidad que será definida en el proyecto presentado y aprobada por el Patrimonio Autónomo), así como el OPEX de la red de acceso por un tiempo de 24 meses.

  • El ISP solo podrá facturar a los nuevos hogares de estrato 1 y 2 ubicados en cabecera municipal, beneficiarios de este proyecto, durante el periodo de 24 meses una tarifa social máxima que definirá MinTIC en el proceso de convocatoria.

  • El ISP se obliga a garantizar que los anteriores beneficios sólo se brindarán a nuevos hogares de estrato 1 y 2 ubicados en cabecera municipal.